ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE BARAJAS DE LOS ALTOS A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR” REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________ Y POR LA OTRA, LA EMPRESA _________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CLIENTE” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR _______________________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
PRIMERA.- Objeto. El presente Acuerdo se refiere a la información que EL CLIENTE proporcione al PROVEEDOR, ya sea de forma oral, gráfica o digital, en estos dos últimos casos, ya esté contenida en cualquier tipo de documento o archivo digital, para identificar el logotipo, frases o signos distintivos gráficos de su marca o producto; que serán utilizados en la producción del juego de mesa (barajas) que EL CLIENTE solicita al PROVEEDOR.
SEGUNDA.- 1. EL PROVEEDOR únicamente utilizará la información facilitada por EL CLIENTE para producir juegos de cartas con los logotipos y elementos de las marcas y productos propiedad de EL CLIENTE; comprometiéndose EL PROVEEDOR a mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha información, advirtiendo de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que, por su relación con EL PROVEEDOR, deba tener acceso a dicha información para el correcto cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR para con EL CLIENTE.
2. EL PROVEEDOR o las personas mencionadas en el párrafo anterior no podrán reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información objeto del presente Acuerdo sin previa autorización escrita y expresa del CLIENTE.
3. De igual forma, EL PROVEEDOR adoptará respecto de la información objeto de este Acuerdo las mismas medidas de seguridad que adoptaría normalmente respecto a la información confidencial de su propia Empresa, evitando en la medida de lo posible su pérdida, robo o sustracción.
TERCERA.- Sin perjuicio de lo estipulado en el presente Acuerdo, ambas partes aceptan que la obligación de confidencialidad no se aplicará en los siguientes casos:
a) Cuando la información se encontrara en el dominio público en el momento de su suministro al PROVEEDOR o, una vez suministrada la información, ésta acceda al dominio público sin infracción de ninguna de las Estipulaciones del presente Acuerdo.
b) Cuando la información ya estuviera en el conocimiento del PROVEEDOR con anterioridad a la firma del presente Acuerdo y sin obligación de guardar confidencialidad.
c) Cuando la legislación vigente o un mandato judicial exija su divulgación. En ese caso, EL PROVEEDOR notificará al CLIENTE tal eventualidad y hará todo lo posible por garantizar que se dé un tratamiento confidencial a la información.
d) En caso de que EL PROVEEDOR pueda probar que la información fue desarrollada o recibida legítimamente de terceros, de forma totalmente independiente a su relación con EL CLIENTE.
CUARTA.- Los derechos de propiedad intelectual de la información objeto de este Acuerdo pertenecen al CLIENTE y el hecho de revelarla al PROVEEDOR para fabricar juegos de barajas no cambiará tal situación. En caso de que la información resulte revelada o divulgada o utilizada por EL PROVEEDOR de cualquier forma distinta al objeto de este Acuerdo, ya sea de forma dolosa o por mera negligencia, habrá de indemnizar al CLIENTE los daños y perjuicios ocasionados, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que puedan corresponder a este último.
QUINTA.- Las partes se obligan a devolver cualquier documentación, antecedentes facilitados en cualquier tipo de soporte y, en su caso, las copias obtenidas de los mismos, que constituyan información amparada por el deber de confidencialidad objeto del presente Acuerdo en el supuesto de que cese la relación entre las partes por cualquier motivo.
SEXTA.- El presente Acuerdo entrará en vigor en el momento de la firma del mismo por ambas partes, extendiéndose su vigencia hasta un plazo de 1 año después de finalizada la relación entre las partes o, en su caso, la prestación del servicio.
SÉPTIMA.- En caso de cualquier conflicto o discrepancia que pueda surgir en relación con la interpretación y/o cumplimiento del presente Acuerdo, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de México, con renuncia a su fuero propio, aplicándose la legislación vigente.
Y en señal de expresa conformidad y aceptación de los términos recogidos en el presente Acuerdo, lo firman las partes por duplicado ejemplar y a un solo efecto en la Ciudad de México, a __ de _____ del 2020.
LAS PRESENTES FIRMAS CORRESPONDEN AL ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN QUE CELEBRAN AMBAS PARTES.
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